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    RD sin antecedentes de sentencias ejemplares para responsables de tragedias como la del Jet Set


     Luego de que la gran conmoción nacional e internacional generada por el desplome del techo de la discoteca Jet Set el pasado 8 de abril, que dejó un trágico saldo de 232 fallecidos y cientos de heridos, se ha generado un debate en la opinión pública nacional sobre la responsabilidad legal del suceso.

    El empresario Antonio Espaillat es el socio mayoritario de E y L Inversiones, la empresa que administra Jet Set y el 13 de abril, cinco días después de la tragedia, el Ministerio Público informó que se encontraba abierta una investigación a cargo de la Dirección General de Persecución y la Fiscalía del Distrito Nacional.

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    Sin embargo, seis días después de la tragedia, Espaillat envió una carta  a la procuradora fiscal del Distrito Nacional, Rosalba Ramos, manifestando la decisión de colaborar  “en el marco de la investigación que, según la prensa, se ha iniciado”.

    Es decir que alega no haber sido notificado formalmente sino que se enteró por los medios.  También dijo estar disponible de forma “solemne y sin reservas”, como si fuera opcional y no obligatorio acudir a responder por la muerte de cientos de personas y heridos, de hecho, ni siquiera ha recibido una invitación de cortesía para que pase por las oficinas de la Fiscalía para que exponga su punto de vista.

    No obstante, concedió una entrevista al programa matutino El Día, con la periodista Edith Febles, donde  afirmó que en los últimos días ha estado hablando con las familias de sus empleados y de las víctimas que se les han acercado.

    Esa llamada no la recibieron los 136 menores que quedaron huérfanos, ni muchos de los que recibieron pérdidas de familiares o lesionados físicamente o emocionalmente.

    Abogados coincidieron en que una de las posibles calificaciones jurídicas que puede tener el caso es homicidio involuntario, la misma tipificación que han recibido el derrumbe de la mueblería en La Vega y la explosión de San Cristóbal.

    “Si la indemnización fuera la menor, aquí los muertos, lamentablemente, tienen un precio en los tribunales. Si la sanción fuera de RD$2 millones, multiplica por 234, RD$2 millones. Estamos hablando de casi alrededor de RD$500 millones, solamente por los muertos. Lesionados, 100 y pico de lesionados y lo fijan en RD$500 mil, RD$300 mil, RD$1 millón por cada uno. Estamos hablando de 700, 800 mil millones de pesos” dijo el abogado Carlos Salcedo.

    La Procuraduría interpretó como una estrategia para evitar resarcir a las cientos de víctimas las acciones de traspaso de bienes que estaba haciendo Antonio Espaillat, por lo que el 19 de abril, dispuso  la inmovilización de bienes a modo de preservar el derecho de los afectados. Sin embargo, estas acciones fueron negadas por la defensa de Espaillat.

    “¿Por qué el Ministerio Público trata con tanta suavidad, con tanta deferencia a esta persona? ¿Qué le debe el Estado a Antonio Espaillat que no lo acusa y que no lo somete por Vía del Ministerio Público a lo que todo ciudadano debería hacer, que es dar la cara? ¿Por qué?” cuestionó el abogado Gilberto Objío Subero, uno de los abogados de Jet Set.

    En su entrega de esta semana, el programa N Investiga, exploró con destacados juristas las posibles consecuencias penales y civiles, con el fin no solo de informar, sino también de generar una reflexión de cómo enfrentaron el caso los sistemas judiciales de diferentes países, las lecciones aprendidas y se reflexionó

    y la puso en contexto comparando la tragedia del Jet Set con hechos parecidos ocurrido en otros países y cómo ha actuado el sistema judicial del país en casos anteriores, pero parecido.

    Según Bryan Saldaña, esposo de una de las fallecida en la discoteca Jet Set, luchará en el terreno que ellos quieran, donde quieran y como quieran.

    A juicio del abogado Carlos Salcedo, “claramente hay una falta de observancia de los reglamentos, hay una inadvertencia, producto de la indelicadeza cometida por no haber hecho adecuadamente a tiempo, lo que finalmente debía hacerse… Desde el momento que hay un descuido de esa naturaleza, ese descuido los recoge el artículo 319 del Código Penal y es un descuido que se categoriza como un homicidio involuntario”.

    Además de la materia penal, los afectados pueden iniciar una acción jurídica civil en reparación de daños y perjuicios tanto económicos, físicos como emocionales y por la Ley de protección de usuarios y consumidores.

    Para Carlos Salcedo es al empresario Antonio Espaillat que le corresponde destruir esa presunción de responsabilidad ya que si no lo demuestra, será condenado.

    Además de la materia penal, los afectados pueden iniciar una acción jurídica civil en reparación de daños y perjuicios tanto económicos, físicos como emocionales y por la Ley de protección de usuarios y consumidores.

    Juristas consultados sostuvieron que tienen derecho a todo lo que son los daños materiales que hayan sufrido y todos los gastos funerarios, todos los gastos de tratamientos, todos los gastos hospitalarios que hayan producido, son daños emergentes, todos los daños materiales que hayan podido sufrir cada uno de ellos, pero están también la falta de beneficios que ha podido ocurrir en las familias perjudicadas en el caso de las personas fallecidas.

    Con el reportaje se evidenció que en el país, muchas veces por vacíos legales, ineficiencia del sistema judicial, tácticas dilatorias, poca confianza en el sistema y debilidad en las investigaciones, no se cuenta con antecedentes de sentencias penales y civiles ejemplares para los responsables; sin embargo, las legislaciones de otras naciones ofrecen mayores garantías de protección a sus ciudadanos afectados por tragedias similares con condenas a prisión no solo para los dueños sino para los funcionarios responsables.

    Qué ha pasado en el sistema judicial con otros casos parecidos?

    El 5 de diciembre de 2018 se produjo la explosión de la fábrica de plásticos PolyPlas,  que dejó ocho muertos y más de 80 heridos.

    La Procuraduría abrió una investigación. En lo penal, no hubo ninguna sanción. Sin embargo, en lo civil, ​ la empresa llegó a un acuerdo con su proveedor de gas y su aseguradora y se estableció un fondo de compensación para los afectados.

    Las respuestas judiciales fueron indignantes. Por la muerte como consecuencia de la negligencia de una empresa,  de una madre de 27 años, que dejó en la orfandad a su hija de 6 años y a sus padres envejecientes que dependían de ella, cuatro años después de haber iniciado el proceso legal, luego de toda una maraña judicial donde las empresas involucradas se acusaban mutuamente, extendieron el juicio, demandaron nulidad, apelaron y procuraron la suspensión del proceso, se dictó el pago de un pírrico millón de pesos.

    La sentencia fue apelada por la defensa de las víctimas y se llegó a acuerdos dignos. Actualmente los casos están cerrados.

    Otro caso lamentable fue el colapso de un edificio de 4 niveles que alojaba a la empresa R y S Multimuebles, en La Vega, el 18 de enero de 2023, provocando la muerte de una empleada y heridas a otros cuatro, una de ellas de gravedad.

    La acusación del Ministerio Público indicó que se realizaban trabajos de construcción sin contar con los permisos del Codia ni del Departamento de Planeamiento Urbano de la Alcaldía de La Vega.

    Los propietarios Jesús María Sánchez Lantigua y Jorge Alberto Rosario Marte fueron arrestados aproximadamente un mes después del hecho, el 14 de febrero de 2023. Duraron 4 días detenidos, ya que el 18 de febrero le dictaron como medidas de coerción: presentación periódica e impedimento de salida.

    A más de dos años de ocurrido el hecho, se encuentra con un auto de apertura a juicio y la audiencia fijada para el próximo primero de mayo bajo la acusación de homicidio involuntario.

    También se encuentran en la justicia, los casos del derrumbe del paso a desnivel de la avenida 27 de febrero, el 18 de noviembre de 2023 que causó la muerte a nueve personas y se encuentra a la espera de fallo por el Tribunal Superior Administrativo en el proceso depositado contra el Ministerio de Obras Públicas y la Alcaldía del Distrito Nacional, por no haber dado el mantenimiento correcto.

    Y la explosión de San Cristóbal, el 14 de agosto del 2023 en el Mercado Viejo, supuestamente provocada por el estallido de un tanque de 500 galones de Gas en la fábrica Vidal Plast, que dejó 37 muertos y 60 heridos.

    Maribel Sandoval, Edward Vidal y Mercedes Altagracia Vida, propietarios de la empresa de reciclaje de plásticos, fueron arrestados bajo la acusación de homicidio involuntario, dos semanas después de la tragedia.

    7 días después, el 7 de septiembre de 2023, salieron en libertad tras el pago de una fianza, impedimento de salida y colocación de grillete  como medida de coerción.

    Sin embargo, el 98 por ciento de los 140 afectados retiró la querella contra los propietarios al llegar un acuerdo económico y, supuestamente, entender que los únicos responsables eran la Alcaldía de San Cristóbal y Obras Públicas, instituciones sometidas ante el Tribunal Superior Administrativo. Se encuentran a la espera de fallo.

     Ejemplos internacionales

    Argentina, 20 de diciembre de 1993

    En la discoteca Kheyvis, estudiantes  volcaron alcohol en uno de los sillones y luego le prendieron fuego, originando un incendio en el local, por el que murieron 17 jóvenes y otros 24 resultaron heridos. El propietario fue condenado a cinco años de prisión y diez de inhabilitación comercial. La arquitecta y la funcionaria del municipio de Vicente López que intervino en la aprobación de los planos fueron condenadas a dos y tres años de cárcel

    El 30 de diciembre de 2004, durante un recital del grupo “Callejeros”, en “República de Cromañón”, murieron 194 personas y 1400 resultaron heridas,  cuando un incendio se desató después de que alguien lanzara una bengala. Aun así, el dueño fue condenado a 20 años de prisión por homicidio culposo, ya que el local no cumplía con las salidas de emergencia y el número adecuado de puertas. Murió en 2014 mientras cumplía condena.

    Brasil

    Por el incendio ocurrido en una fiesta universitaria en la discoteca Kiss, donde murieron 242 personas en 2013, dos miembros de la agrupación musical quienes iniciaron el fuego y  dos empresarios organizadores del evento recibieron condenas entre 18 y 22 años de cárcel.

    Corea del Sur, 29 de junio de 1995

    Por el colapso del edificio Sampoong, que causó 502 muertes y más de 900 heridos, Lee Joon, presidente del Grupo Sampoong,  fue condenado a 10 años de prisión por negligencia y homicidio involuntario. Ingenieros, supervisores y funcionarios involucrados en la construcción y el mantenimiento recibieron penas de entre 3 y 7 años, por negligencia criminal. Se descubrió que funcionarios habían recibido sobornos para pasar por alto violaciones del código de construcción y permitir la construcción con materiales de baja calidad y sin los estudios adecuados. Se otorgaron indemnizaciones millonarias a los sobrevivientes y a las familias de los fallecidos al punto de que el grupo empresarial quebró tras la tragedia.

    Jerusalén, 24 de mayo de 2001

    Como consecuencia del colapso del salón de bodas Versailles, que causó 23 muertos y 380 heridos,  los propietarios fueron condenados a 2 años y medio de prisión por homicidio por negligencia.  Los cuatro ingenieros involucrados en la construcción fueron sentenciados a entre 6 meses a 4 años de prisión por homicidio y sabotaje por negligencia. Se establecieron fondos para proporcionar compensaciones económicas a las víctimas y sus familias.

    Rhode Island, Estados Unidos, 20 de febrero de 2003

    Otro caso que tuvo consecuencias legales significativas fue el incendio en el club nocturno The Station, que mató a 100 personas e hirió a más de 200. El  encargado de la gira de la banda Great White, quien activó los fuegos artificiales que iniciaron el incendio, se declaró culpable de 100 cargos de homicidio involuntario en 2006. Fue sentenciado a 15 años de prisión. El co-propietario del club, también se declaró culpable de homicidio involuntario y recibió una condena de 15 años, con 4 años de prisión efectiva y el resto suspendido. También fue multado con US$1.7 millones por no contar con un seguro de compensación laboral para sus empleados durante casi tres años. Los acuerdos financieros con las víctimas superaron los US$176 millones.

    Rumanía, octubre de 2015

    El Club Colectiv se incendió dejando 63 muertos. Los tres propietarios fueron condenados a 11 años y 8 meses de prisión cada uno por homicidio involuntario. Bajo esa misma acusación, los responsables de los fuegos artificiales, recibieron penas de 9 a 10 años. El entonces alcalde del sector 4 de Bucarest, fue condenado a 4 años de prisión por autorizar el funcionamiento del club sin cumplir con las normas de seguridad. Se estableció un fondo de 36 millones de euros en compensaciones para las víctimas y sus familias, cuyas indemnizaciones individuales variaron entre 200 mil a un millón de euros, dependiendo de la gravedad de las lesiones y el impacto en sus vidas.  El primer ministro Victor Ponta, el ministro del Interior Gabriel Oprea y el alcalde Cristian Popescu Piedone dimitieron tras las masivas protestas ciudadanas que exigían responsabilidades por la tragedia.

    Surfside, Florida, 24 de junio de 2021.

    El colapso del edificio Champlain Towers South resultó en la muerte de 98 personas y dejó a muchas otras heridas. Se presentó una demanda colectiva contra los desarrolladores del condominio, Eighty Seven Park, alcanzando un acuerdo judicial por 1000 millones de dólares para las víctimas y sus familias.

     

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