Los tres letrados a quienes el Colegio de Abogados (CARD) le suspendió el ejercicio profesional por un año, calificaron ayer la medida como “inconstitucional”, y un desacato al Tribunal Superior Administrativo (TSA).
Mariel Lebrón Lebrón, Lilia María Fernández León y Joel del Rosario Alburquerque, pertenecientes a la firma León & Raful, afirmaron que la sanción que les fue impuesta es inconstitucional porque está fundamentada en los artículos del 73 al 77 del decreto 12-90 que contiene el Código de Ética de CARD.
Explicaron que esas disposiciones fueron “expulsadas” del ordenamiento jurídico mediante la sentencia del Tribunal Constitucional TC-100-2026, “lo que priva al fallo (del CARD) de toda validez y eficacia legal”, señalaron.
Agregaron que la sanción dispuesta por el Tribunal Disciplinario del CARD además “ignora expresamente” las sentencia número 0030-03-2025-SSEN-00389, así como la número 0030-02-2026-SSEN-00003” del TSA, que ordenaron dejar sin efecto los procedimientos disciplinarios en su contra.
Lebrón, León y Rosario, respondieron así al presidente del tribunal Disciplinario del CARD, Dionisio Ortiz Acosta, quien dio a conocer la suspensión de los tres por supuesta violación al Código de Ética y actuaciones procesales ilegales en el proceso de divorcio de los señores María Amelia Hazoury Delgado (a quienes representan), y Juan Rafael Llaneza Gil.

