Panorama Político. El Senado de la República convirtió en ley el proyecto que regula la sucesión en el nivel municipal, subsanando un vacío legal existente en torno a la escogencia de alcaldes, vicealcaldes y directores municipales.
La nueva legislación modifica los artículos 36, 64 y 81, y adiciona los artículos 66.1 y 66.2 a la Ley 176-07, sobre el Distrito Nacional y los municipios.
Según el artículo 4 de la reforma que modifica el artículo 64 sobre la sustitución del alcalde, en caso de vacante definitiva, el vicealcalde asumirá el cargo. Si este tampoco pudiera ejercer la función, la posición será ocupada provisionalmente por el secretario general de la alcaldía. De no existir secretario general, el presidente del Concejo de Regidores solicitará al partido político correspondiente que, en un plazo de 30 días, presente una propuesta de sustituto.
Una vez recibida la propuesta, el presidente del Concejo deberá convocar una sesión para escoger al nuevo alcalde dentro de los siguientes 30 días.
Por otro lado, el artículo 3, que modifica el artículo 36 sobre la sucesión de los regidores, establece que si no hubiera suplente para ocupar una vacante, el partido que postuló al regidor deberá presentar una terna en un plazo de 30 días. La elección se realizará entre los candidatos a regidor de la demarcación donde ocurrió la vacante. Si la terna no es presentada a tiempo, el Concejo de Regidores podrá elegir un sustituto a partir de una terna sometida por el alcalde.
El proyecto de ley responde a una situación de crisis ocurrida en el municipio de La Vega, donde la vicealcaldesa renunció tras la vacante dejada por el alcalde, generando un vacío legal que impedía la designación de un sucesor.
En ese contexto, la Fundación Primero Justicia (FPJ) interpuso una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), que falló a favor.
El TC anuló el párrafo de la Ley 176-07 que facultaba al Presidente de la República a designar de manera definitiva al sustituto de un alcalde, al considerar que dicha disposición violaba el principio democrático y la separación de poderes.
El Tribunal exhortó al Congreso Nacional a legislar en un plazo no mayor de un año para establecer un mecanismo constitucional de sucesión ante vacantes en las alcaldías, sin recurrir a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo.
El proyecto fue presentado por la senadora por Hermanas Mirabal Mercedes Ortiz, ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.