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Plan socialización busca familiarizar a la sociedad con el Código


Ámbar Frías

La necesidad de dar más tiempo a las empresas para adaptarse y prepararse a las nuevas obligaciones del Código Penal motivó al Senado a depositar una iniciativa que extienda el plazo de la entrada en vigor de los artículos relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Originalmente, estas disposiciones recibieron un plazo diferido de tres meses para su entrada en vigencia, contando a partir del cinco de agosto. Sin embargo, el Senado declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas, un proyecto de ley que extiende este plazo a 24 meses para que las empresas puedan prepararse debidamente.

Pero, ¿Qué implicaciones tienen estos artículos para las empresas?

El artículo 8 establece que las empresas pueden ser responsables penalmente por delitos cometidos en su representación por alguno de sus directivos o empleados, cuando estos se relacionan con fallas de supervisión, control o prevención.

Para evitarlo la ley ordena a las empresas crear mecanismos que permitan identificar los riesgos de delitos dentro de sus operaciones, establecer controles internos y actualizar dichas medidas de forma periódica. También establece que la empresa podría mantener la responsabilidad penal de no identificarse la persona que haya cometido el delito.

Mientras tanto el artículo 9 dispone que la responsabilidad penal de una empresa no excluya la de las personas físicas que hayan participado en los mismos hechos como autores o cómplices, es decir, que tanto la compañía como las personas involucradas pueden responder penalmente por la misma infracción.

El artículo 10 busca evitar que la desaparición formal de una entidad impida que se mantenga su responsabilidad penal, al establecer que la misma subsistirá incluso después de su disolución o actuaciones societarias que impliquen el cese de sus operaciones.

El artículo 11 contempla que la responsabilidad penal pueda extenderse a otras empresas que ejerzan control legal sobre la sociedad que haya cometido la infracción.

Plan de socialización

Para contribuir a que la ciudadanía y otros sectores de la sociedad comprendan tanto estas como todas las demás disposiciones del nuevo Código Penal, la Comisión de Seguimiento y Socialización del Código Penal, encabezada por Milton Ray Guevara, estableció una agenda de trabajo de tres meses.

Entre las acciones inmediatas figura el diseño de una campaña pública de divulgación, la creación de un observatorio para dar seguimiento a la aplicación del Código y la habilitación de un portal interactivo.

La comisión planteó elaborar un documento con las cien preguntas más frecuentes del Código Penal explicadas de una manera sencilla e intervenciones en plataformas digitales.

Comisión de Seguimiento y Socialización del Código Penal



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