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El PLD exige poner fin a las presuntas ejecuciones extrajudiciales en RD


Panorama Política.- El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) expresó su preocupación ante el elevado número de personas que continúan perdiendo la vida durante actuaciones de la Policía Nacional, frecuentemente presentadas por las autoridades como resultados de supuestos intercambios de disparos.

Según el PLD y de acuerdo a informaciones publicadas por la prensa nacional, durante septiembre de 2026 se registraron 55 muertes clasificadas como resultado de actuaciones policiales. Asimismo, organizaciones defensoras de los derechos humanos han denunciado que, durante los primeros meses del presente año, más de 180 personas habrían perdido la vida en intervenciones de agentes del orden.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha llevado sus denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, solicitando investigaciones sobre presuntas ejecuciones extrajudiciales. Por su parte, el Comité Dominicano de los Derechos Humanos ha advertido sobre la reiteración de muertes presentadas oficialmente como intercambios de disparos.

Durante una rueda de prensa el PLD reconoció que los agentes policiales tienen derecho a proteger sus vidas y las de terceros cuando enfrentan amenazas reales e inminentes. Sin embargo, esa facultad no constituye una autorización para matar a personas que no representan una amenaza inmediata.

“Igualmente, preocupante resulta que la Procuraduría General de la República no haya ofrecido información estadística suficiente sobre las investigaciones realizadas, los agentes sometidos a la justicia y los resultados de los procesos relacionados con estas muertes”, dijo el PLD.

“La República Dominicana no puede permitir que la lucha contra la delincuencia se convierta en una práctica de eliminación física de personas consideradas delincuentes”; agregó durante una rueda de prensa.

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La organización política se refirió al artículo 7 de nuestra Constitución el cual establece que la República Dominicana es un Estado social y democrático de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana y los derechos fundamentales.

El artículo 37 declara inviolable el derecho a la vida y prohíbe expresamente la pena de muerte. Por su parte, el artículo 40 consagra las garantías relativas a la libertad y seguridad personal, incluyendo el derecho de toda persona a ser sometida a los procedimientos establecidos por la ley.

Dijo que la Policía Nacional tiene la obligación de prevenir los delitos, perseguir a sus responsables, detenerlos cuando corresponda y ponerlos a disposición de las autoridades judiciales competentes.

Cuando un agente ejecuta deliberadamente a una persona que se ha rendido, deja de actuar dentro de las facultades legítimas de la institución y puede incurrir en responsabilidad penal, sostuvo.

Manifestó que la sociedad dominicana tiene derecho a vivir sin miedo a los delincuentes, pero también tiene derecho a vivir sin miedo a quienes portan armas en nombre del Estado.

Las exigencias del Partido de la Liberación Dominicana

Ante esta situación, el Partido de la Liberación Dominicana demanda:

Primero. Que el presidente de la República disponga y haga pública una instrucción inequívoca de respeto al derecho a la vida, estableciendo que ninguna persona rendida, detenida o bajo control policial puede ser objeto de fuerza letal injustificada.

Segundo. Que el Ministerio Público garantice investigaciones independientes, rigurosas y oportunas de todas las muertes ocurridas durante intervenciones policiales, con especial atención a los casos en que existan denuncias de ejecuciones posteriores a la rendición.

Tercero. Que la Procuraduría General de la República publique estadísticas periódicas sobre las muertes ocurridas durante actuaciones policiales, las investigaciones iniciadas, los expedientes concluidos y los agentes procesados, respetando las reservas legales aplicables.

Cuarto. Que el director general de la Policía Nacional y las autoridades responsables de la seguridad ciudadana comparezcan ante el Congreso Nacional para explicar las circunstancias de estas muertes, los protocolos sobre uso de la fuerza y los mecanismos de supervisión existentes.

Quinto. Que se establezcan mecanismos efectivos de supervisión externa, preservación de pruebas, registro audiovisual de las intervenciones y protección de testigos y familiares de las víctimas.

Sexto. Que se fortalezca la reforma policial, colocando en el centro la profesionalización, el respeto a los derechos fundamentales, la rendición de cuentas y el control civil efectivo de la institución.

Séptimo. Que se investigue toda posible responsabilidad de mando, tolerancia o encubrimiento cuando existan pruebas de actuaciones ilegales.

Estas demandas no buscan debilitar a la Policía Nacional. Por el contrario, pretenden contribuir a la construcción de una institución profesional, respetada por la ciudadanía y capaz de enfrentar eficazmente la delincuencia dentro del marco constitucional.





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