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    Código Penal ya para perfeccionarlo después


    Son tales los graves perjuicios a la sociedad y al propio sistema judicial con un Ministerio Público frecuentemente atrapado en frustraciones por tener que enfrentar a la delincuencia con una herramienta secularmente vencida, que se impone un proceder pragmático: al nuevo Código Penal, contra el cual ahora brillan insatisfacciones, debe ser oportunidad para, tras dar vigencia a lo convenido hasta ahora, iniciar un proceso hacia la perfección idílica que a lo mejor tarde un siglo más. El antiquísimo que va a relevar es de 1884.

    A pesar de que en un principio, el emergente texto legal fue de general aceptación hasta en un 90% de lo presentado, ahora llueven propuestas de rectificaciones que podrían llevarse de encuentro la parte recibida como adecuada por lo inevitable de una lógica y mínima interrelación estructural de artículos. Y que, no obstante, sigue siendo defendida con cierto grado de sensatez por quienes no quieren más postergaciones. A veces parecemos un país demasiado impedido de reaccionar a tiempo y superar los disensos que lo abruman de déficits institucionales que reclaman consensos que tardan demasiado en llegar o nunca llegan.

    Sí no es porque entendidos en la materia, como la procuradora general de la república, Yeni Berenice Reynoso, afirman categóricamente que a pesar de los numerosos defectos que los quejosos le atribuyen el nuevo código serviría, en lo que el hacha va y viene, para superar el descontrol en que se encuentra la criminalidad en este momento.

    Y dice más: el sistema judicial en pleno, con jueces, fiscales y abogados, se siente atrapado en las obsolescencias que los órganos legislativos imponen con paralizaciones y vacilaciones que le niegan a la sociedad contar con las herramientas jurídicas que de manera más importante deben servirles para proteger a los ciudadanos.

    Aunque es atendible y de buena fe la propuesta de posponer aún más la vigencia del nuevo Código, desde los propios tribunales – seriamente afectados por una condición fallida actual- se argumenta que toda ley es perfectible y que las debilidades técnicas o procedimentales pueden ser corregidas con reformas posteriores.

    Editorial-13-07-26



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