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    Caso Jet Set: jueza se inhibe de conocer el juicio contra los Espaillat; aquí las razones


    Hoy .

    La jueza Clara Luz Almonte, titular de la Segunda Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, decidió apartarse del proceso judicial que se sigue contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, quienes enfrentan cargos por homicidio involuntario tras el colapso del techo del establecimiento el 8 de abril de 2025.

    La jueza explicó que optó por inhibirse debido a que mantenía una relación cercana, de carácter íntimo y emocional, con una de las víctimas del siniestro, situación que, a su juicio, compromete las condiciones necesarias para actuar con la imparcialidad que exige el conocimiento del caso.

    La magistrada dijo en su resolución:

    “Estaba íntimamente ligada emocionalmente tanto a la víctima fallecida Margarita Herminia Robles Reyes, como a sus familiares, muy especialmente con su expareja consensual y con su madre, a quien ese evento doloroso la deterioró rápidamente y adelantó su muerte, por lo que no nos sentimos en condiciones de conocer dicho proceso con absoluta imparcialidad, por haber desarrollado un vínculo afectivo profundo con una de las víctimas y sus familiares y mi corazón haberse lacerado con ambas muertes, reviviendo en cada momento ese escenario de dolor y tragedia, siendo yo el hombro en que su madre se apoyó para juntas llorar su muerte, teniendo que elegirle a su madre la ropa para velar a su hija y darle los medicamentos para acostarla, ya pasada la medianoche; episodios que he rememorado desde que fui apoderada del proceso, que han abatido mi ánimo y que estoy segura no podré desprenderme de esas impresiones para poder juzgar con absoluta objetividad y libre de prejuicios”.

    En ese orden, la togada recordó:

    «Que tales circunstancias dan pie a las causales previstas en el artículo 80, del Código Procesal Penal, en su numeral 08, el cual dispone que: “Los jueces pueden inhibirse o ser recusados por las partes en razón de: (…) 08. Tener amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia de trato con una cualquiera de las partes e intervinientes”;

    Que la inhibición es definida como la acción por la cual un juez se sustrae o se separa del conocimiento de un litigio, cuando advierte razones que comprometen o pudieran comprometer su imparcialidad».

    Zulinka y Miguel, Los Hijos de Rubby Pérez.



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