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Los Tucano: ¿un arma de doble filo en caso Jean Alain?


Loyda Peña

Lo que la defensa de Jean Alain Rodríguez creyó sería una carta de triunfo para frenar el juicio de fondo que continúa hoy lunes en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, se ha convertido en una de las principales armas del Ministerio Público para combatir a otros 12 imputados, quienes, al igual que el exprocurador, buscan la extinción de la acción penal en su contra.

Se trata del emblemático caso de corrupción de los aviones Súper Tucano, al que tanto los abogados de Jean Alain como el órgano acusador han aludido durante los debates, pero con intenciones diametralmente opuestas.

Sucedió que en septiembre del 2024, el Cuarto Tribunal Colegiado –amparado en los artículos 44 y 148 del Código Procesal Penal (CPP) y aplicando un criterio estrictamente matemático– declaró la extinción del caso Súper Tucano por vencimiento del plazo, tras constatar que el proceso sumaba 7 años y 11 meses, superando el plazo legal que para los casos complejos es de cuatro.

Jean Alain Rodríguez

Ha sido en la actual coyuntura del caso Jean Alain y sus compartes que tanto la defensa como el MP han utilizado el referente de los Súper Tucano durante los debates que en pro y en contra de la extinción se desarrollan en el Segundo Tribunal Colegiado.

Los abogados del exprocurador, encabezados por Carlos Balcácer, invocaron el precedente del caso Tucano como argumento comparativo para exigir que se le aplicara el mismo criterio de caducidad y vencimiento de plazos legales al caso que tiene a Jean Alain como supuesta cabeza de un entramado de corrupción que habría estafado al Estado dominicano con más de RD$6,500 millones, según la acusación del MP.

Afirmó que, si los jueces de primera instancia determinaron de forma matemática que el caso Súper Tucano había vencido tras superar los límites de la ley en casos complejos, el tribunal actual estaba obligado “por coherencia jurídica” a aplicar idéntico criterio y cerrar el expediente contra el exprocurador.

MP invoca la revocación

El MP, de su lado, recordó que la extinción originalmente otorgada en el caso Súper Tucano fue un criterio “erróneo” que aplicó el Cuarto Tribunal Colegiado y que la Corte de Apelación enmendó, revocando la decisión mediante sentencia dictada en abril del 2025, en la que, a solicitud del órgano de persecución, además ordenó un nuevo juicio partiendo de cero.

Los fiscales, encabezados por la titular de la Procuraduría Anticorrupción (PEPCA), Mirna Ortiz, sostienen que los plazos procesales no son meros conteos matemáticos fríos, sino que deben ponderarse según las interrupciones justificadas del proceso.

Estas y otras argumentaciones del MP fueron acogidas por el Segundo Tribunal Colegiado, que el 17 de agosto de este 2026 rechazó de forma definitiva la extinción solicitada por Jean Alain y ordenó continuar el juicio de fondo en su contra y de los demás imputados.

El grupo de los 12

Tras el rechazo inicial a la petición de Jean Alain, un grupo de 12 coimputados lanzó una nueva ofensiva procesal utilizando los mismos argumentos jurídicos y, de manera unificada, piden la extinción por vencimiento del plazo.

Sentencia por homicidio

Son ellos: Jonnathan Joel Rodríguez Imbert, Alfredo Alexander Solano Augusto, Altagracia Guillén Calzado, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Miguel José Moya, José Miguel Estrada Jackson, Ramón Lucrecio Burgos Acosta, Alejandro Martín Rosa Llanes, Braulio Michael Batista Baría, Félix Antonio Rosario Labrada, José Luis Liriano Adames y Francis Ramírez Moreno.

Sus abogados, al igual que los de Jean Alain, replican el argumento de los Súper Tucano para exigir el cierre definitivo del expediente bajo el alegato de que mantenerlo abierto vulnera su derecho a un plazo razonable.

Durante los actuales debates ante el Segundo Tribunal Colegiado, que continúan hoy, han planteado que las dimensiones masivas del expediente (más de 12,000 páginas), el juicio de fondo, sumado a las previsibles etapas de apelación y casación, podría extenderse por unos seis años adicionales, lo que, afirman, constituiría una “pena anticipada” y un abuso del sistema judicial.

La contraofensiva del MP frente a este grupo de imputados se apoya firmemente en la victoria que obtuvo con los Súper Tucano y en el conteo de los días, pero además en el peso del bloque de constitucionalidad que rige el ordenamiento procesal dominicano.

Amparados en la doctrina del Tribunal Constitucional (TC), específicamente en el criterio de la sentencia número TC/0052/26, los titulares de la Dirección de Persecución, Wilson Camacho, y de la Procuraduría Anticorrupción, Mirna Ortiz, quienes encabezan la representación del MP, exigen al Segundo Tribunal Colegiado descartar la simple “operación matemática” que plantean los abogados defensores.

Señalan que, conforme al mandato de la Corte, los plazos de un caso complejo deben evaluarse bajo un “test de razonabilidad y ponderación sustancial”, máxime cuando se trata de un entramado de corrupción que envuelve más de RD$6,000 millones, lo que, afirman, amerita un tiempo excepcional para su conocimiento.

Otras dos sentencias de la alta corte son utilizadas por los representantes del MP para desarticular las pretensiones del grupo de los 12. Se trata de las decisiones número TC/0394/18 y TC/0591/25, las cuales establecen con claridad que el reloj del proceso penal se detiene de forma automática cuando el retraso es consecuencia directa de incidentes dilatorios, recusaciones a miembros del tribunal, licencias médicas o inasistencia de las partes.

Los fiscales afirman que demostrarán ante el tribunal, mediante las actas del caso, que estas demoras tienen nombres y apellidos específicos en el banquillo de los acusados; como afirman, demostrarán en el tribunal con las actas del caso que tienen nombres y apellidos en el banquillo de los acusados.

Juan Asael Rodrìguez



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