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    TSE rechaza medida cautelar buscaba anular elección suplente


    Panorama Político. El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó la solicitud de medida cautelar de extrema urgencia que procuraba la verificación de las aptitudes legales y la anulación del Certificado de Elección del suplente a regidor por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la circunscripción núm. 1 del Distrito Nacional.


    En dicha acción figuraba como demandante Francisco José Collado Díaz y las partes demandadas son el Ayuntamiento del Distrito Nacional y su Concejo de Regidores; la Junta Central Electoral (JCE); el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el ciudadano Wilkin Gillermo Martínez Presinal.

    En tanto, el TSE alega que el rechazo fue motivado en que no se configuran los numerales 1 y 2 del artículo 160 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, al no acreditarse de forma fehaciente la verosimilitud del derecho invocado ni constatarse un daño inminente e irreparable que afecte la eficacia de una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto.

    Asimismo, la Alta Corte acogió el planteamiento del PRM en cuanto a la violación al principio de inmutabilidad del proceso, ya que la parte demandante presentó un desistimiento parcial de sus conclusiones luego de que las partes concluyeran sobre el fondo. En consecuencia, el Tribunal declaró irrecibible el desistimiento parcial.

    Igualmente, se acogió la solicitud del demandado, Wilkin Guillermo Martínez Presinal, respecto a la declaratoria de irrecibible de un nuevo documento presentado en audiencia por la parte demandante, específicamente el acto núm. 416/2025, de fecha 26 de mayo de 2025, instrumentado por el alguacil Saúl Alexander Bonifacio Capellán por no haber sido sometido al contradictorio.



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