Luego de que la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) diera a conocer la adquisición de radares digitales para el control de velocidad para evitar accidentes de tránsitos, emergen las viejas preguntas: ¿quién será fiscalizado? ¿El dueño del vehículo o quien vaya manejando al momento de la infracción?
El director de la Digesett, el general Francisco Osoria de la Cruz, explicó que la multa será impuesta a nombre de la persona a quien esté adjudicado legalmente el vehículo. Justificó que en otros países de Europa y Estados Unidos es lo que se estila. «Ya eso no debería ser objeto de debate», agregó.
En caso de que una persona haya vendido un vehículo y el comprador no lo haya registrado a su nombre, Osoria de la Cruz indicó: «En tema de la venta de un vehículo está estipulado legalmente, hay una ley una resolución. El que vende un vehículo tiene un plazo para que el comprador lo ponga a su nombre. Eso no es un tema de la Digesett; la persona que compró un vehículo hace las diligencias para ponerlo a su nombre».
En ese orden, durante una intervención en el programa El Gobierno de la Tarde, el director manifestó que la violación al exceso de velocidad será publicada en la página web de la Digesett y no será enviada a la residencia del infractor, como sucede en otros países. Previamente, el general manifestó que la institución hará «una logística» para ese particular.